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Proyecto de Orden, que completa lo dispuesto en la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.

La web de la AEAT publica, en el apartado normas en tramitación, el Proyecto de Orden que eleva también a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas.


En el ámbito local sabemos que el límite exento seguirá regulándose de acuerdo a lo previsto en la DA segunda del RD 1065/2007, de 27 de julio  por el que se aprueba el RGGIAT (6.000€). Ahora bien los Entes Locales pueden elevar este mínimo exento si así lo consideran conveniente, atendiendo a razones de agilización, reducción de cargas, adaptación a la coyuntura económica de crisis, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2.2  y 12 del TRLRHL.


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