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NORMATIVA. Plan Anual Normativo 2022 de la Administración General del Estado

El Plan Anual Normativo publicado incluye las iniciativas legislativas o reglamentarias que los distintos departamentos ministeriales elevarán al Consejo de Ministros para su aprobación en el 2022.

Entre las modificaciones incluidas en el Plan Anual Normativo destacamos aquellas que pueden tener un impacto en la normativa fiscal:

 
LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 49/2002, DE 23 DE DICIEMBRE, DE RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS Y DE LOS INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO

Objetivo: Actualizar la tributación de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo

 
LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 58/2003, DE 17 DE DICIEMBRE, GENERAL TRIBUTARIA, EN TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA (UE) 2021/514 DEL CONSEJO, DE 22 DE MARZO DE 2021, QUE MODIFICA LA DIRECTIVA 2011/16/UE RELATIVA A LA COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA EN EL ÁMBITO DE LA FISCALIDAD

Objetivo: Transponer la Directiva de referencia. Se modifican los artículos 27, 28, 174 y 188 de la citada ley, relativos a recargos por autoliquidaciones, declaraciones extemporáneas, sanciones tributarias, simplificación del régimen de recargos del período ejecutivo y la atribución de la competencia a un único órgano para resolver el procedimiento de declaración de responsabilidad, así como el establecimiento de un nuevo sistema que facilite a los obligados tributarios la rectificación de los errores cometidos en las autoliquidaciones presentadas.

 
REAL DECRETO DEL PUNTO NEUTRO DE EMBARGOS

Objetivo: Desarrollo reglamentario a afrontar de la disposición adicional cuarta de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, con el que pueda intercambiarse la información sobre deudores de las 37 Administraciones y los pagos a los mismos entre la Agencia Tributaria, los órganos de recaudación de la Comunidades Autónomas y Entidades Locales, la Tesorería General de la Seguridad Social y los órganos pagadores de las Administraciones públicas, con el objeto de realizar las actuaciones de embargo o compensación que procedan en una única plataforma omnicomprensiva para todas las Administraciones. La Agencia Tributaria creará y administrará la plataforma informática para el desarrollo de los intercambios de información y las actuaciones de gestión recaudatoria que se dispongan, gestionando su crecimiento por fases conforme a los posibles desarrollos informáticos. Se están realizando los trabajos de actualización y revisión para que la herramienta y los preceptos normativos generales permitan, a través de este Proyecto de Real Decreto el establecimiento de las bases de un servicio con vocación de generalidad para el conjunto de Administraciones Públicas.

 
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACIÓN.

Objetivo: Propuesta de modificación del Reglamento General de Recaudación, con el objeto de adaptar la citada norma reglamentaria a los cambios normativos realizados con posterioridad a su última modificación efectuada con ocasión de la promulgación del Real Decreto 1071/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, y a mejorar técnicamente el citado texto, esencialmente en el ámbito de los procedimientos de enajenación.

 
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN SUPUESTOS DE NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES ADMINISTRATIVAS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS EN EL ÁMBITO DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

Objetivo: La aprobación de normas específicas sobre notificaciones electrónicas en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de acuerdo con el artículo 14.3 y la Disposición Adicional 1ª. 2. a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Disposición adicional 10ª del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

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