Sentencias y Resoluciones

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Impugnación de la sanción por motivos de nulidad.

Posibilidad de impugnar la sanción por motivos de nulidad, aunque la liquidación (acto originario) haya ganado firmeza por falta de impugnación en plazo. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de 23 de septiembre de 2020. Recurso 2839/2019. Ponente: Francisco José Navarro Sanchis.

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APLAZAMIENTO. La solicitud de aplazamiento de la deuda impide el inicio del procedimiento de apremio.

La Administración no puede iniciar la vía de apremio, sin antes analizar y dar respuesta a una solicitud de aplazamiento de la deuda tributaria en aplicación de los principios de buena administración y buena fe. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de 15 de octubre de 2020. Recurso 1652/2019. Ponente: Jesús Cudero Blas.

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SANCIONES. Plazo para la ejecución de las Resoluciones de los Tribunales Económico administrativos.

La cuestión admitida por el Tribunal Supremo es ¿Cuál es el plazo para ejecutar tales resoluciones en caso de estimación parcial que suponga la anulación de la sanción? Consecuencias del incumplimiento de dicho plazo. Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 6 de junio de 2020. Rec 470/2020. Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda.

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PROCEDIMIENTO DE APREMIO. Deudas entre Administraciones.¿ Se puede acudir a la vía de apremio?

El Tribunal Supremo admite la siguiente cuestión: ¿Puede una Administración  acudir a la vía de apremio para hacer efectiva una deuda derivada de un convenio interadministrativo entre ambas Administraciones?. Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 12 de septiembre de 2020. Rec 2471/2019. Ponente: Francisco Jose Navarro Sanchis.

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INSPECCIÓN. Planes de inspección aprobados anualmente e incidencia en el inicio de actuaciones inspectoras

El Tribunal Supremo admite la siguiente cuestión: El hecho de que los planes de inspección se aprueben anualmente ¿implica que deba iniciarse las actuaciones inspectoras en el mismo año para el que se ha aprobado el plan? Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 24 de septiembre de 2020. Rec. 7471/2019. Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda.

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IIVTNU. Exención en caso de obras de conservación, mejora o rehabilitación por parte del arrendatario financiero.

La cuestión admitida por el Tribunal Supremo es si ¿Resulta aplicable la exención del artículo 105.1 b) del TRLRHL en el caso de transmisiones de bienes inmuebles incluidos dentro del perímetro delimitado como Conjunto Histórico Artístico, o declarados de interés cultural, cuando es el arrendatario financiero el que ha realizado las obras de conservación, mejora o rehabilitación? Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 24 de septiembre de 2020. Rec. 1929/2020. Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda.

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CADUCIDAD. No puede alegarse ex novo la cuestión de la caducidad del procedimiento.

El Tribunal Supremo inadmite un recurso de casación por entender que no cabe alegar la caducidad del procedimiento cuando dicha caducidad no ha sido alegada en la demanda contencioso administrativa. Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 2 de octubre de 2020. Rec. 361/2020. Ponente: Angel Ramón Arozamena Laso.

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BENEFICIOS FISCALES. Exención de los bienes inmuebles de titularidad estatal afectos a la defensa nacional.

A vueltas con el caso NAVANTIA. Se reconoce el derecho a la exención puesto que se trata de un beneficio fiscal objetivo, de modo que, aunque la entidad pública sea la concesionaria, el Estado sigue siendo el propietario del bien y la afección a la defensa nacional no se cuestiona. El reconocimiento debe otorgarse independientemente de la personificación y título jurídico por el que se disfruta del bien inmueble. La prelación de los derechos establecidos en el artículo 61 TRLRHL solo se da a efectos de determinar el sujeto pasivo del impuesto.  Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Supremo de 17 de septiembre de 2020, Recurso nº 2241/2019. Ponente: Angel Aguallo Avilés.

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PRESCRIPCIÓN. La importancia de elegir bien el procedimiento a seguir. ¿Verificación de datos versus Comprobación limitada?

La tramitación de un procedimiento de verificación de datos cuando debió de realizarse a través de un procedimiento de comprobación limitada,  implica la nulidad de las liquidaciones derivadas del procedimiento de verificación y que las actuaciones no tengan virtualidad interruptiva de la prescripción del derecho a liquidar. Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Supremo de 17 de septiembre de 2020, Recurso nº 3260/2018. Ponente: Jesús Cudero Blas.

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INSPECCIÓN. El Plan de Inspección sólo determina la selección de contribuyentes, no la extensión de las actuaciones inspectoras.

El alcance de las actuaciones inspectoras se determinará por la Inspección, sin que constituya una causa de nulidad si las actuaciones exceden de la extensión prevista en el Plan de Inspección. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de 23 de julio de 2020. Recurso 2188/2018. Ponente: Isaac Merino Jara.

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SUSPENSIÓN. Los entes locales están dispensados de prestar garantía para suspender la deuda en las reclamaciones que presenten.

Las Administraciones, en las reclamaciones económico administrativas que interpongan en su condición de contribuyentes, pueden solicitar la suspensión de la ejecución de la deuda sin necesidad de prestar garantía, puesto que su solvencia se presume, decretándose automáticamente una vez solicitada, sin necesidad de analizar si de la ejecución pudieran derivarse perjuicios de difícil o imposible reparación. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de 23 de julio de 2020. Recurso 2944/2017. Ponente: Isaac Merino Jara.

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INSPECCIÓN. El plazo para iniciar un nuevo procedimiento de inspección será el de prescripción de 4 años.

El TEAC determina que, anulado el acto administrativo impugnado por una Resolución estimatoria de las pretensiones del recurrente, la Administración podrá iniciar de nuevo un procedimiento de inspección, en el plazo de 4 años (no siendo aplicable el plazo del artículo 150.5 de la LGT reservado para supuestos de retroacción o ejecución). Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central nº 00/06361/2017/00/00 de 22 de julio de 2020.

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PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. La Administración puede iniciar el procedimiento sancionador sin esperar a notificar la liquidación derivada del Acta de inspección.

El inicio del procedimiento sancionador antes de notificar el acto de liquidación no vulnera los derechos del contribuyente. La normativa de aplicación no indica que el procedimiento sancionador deba iniciarse tras la notificación de la liquidación tributaria. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de 23 de julio de 2020. Recurso 1993/2019. Ponente: Angel Aguallo Avilés.

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IAE. Correos tendrá que tributar por las actividades ejercidas en el marco del convenio suscrito con la entidad bancaria DEUTSCHE BANK.

Correos debe darse de alta en el epígrafe 831.9, puesto que dentro de la residualidad de los epígrafes cuestionados, es el epígrafe que más se asemeja a la actividad realizada (servicios financieros) El TS se decanta por el epígrafe 831.9 frente al 849.9 sostenido por la Entidad Estatal. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de 9 de julio de 2020. Recurso 4068/2017. Ponente: María de la Esperanza Cordoba Castroverde.

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IMPUGNACIÓN INDIRECTA ORDENANZAS ¿Cabe alegar la omisión o insuficiencia de los informes técnico-económicos en la impugnación indirecta de una Ordenanza?

El TS admite las siguientes cuestiones de interés casacional: Si con ocasión de la impugnación de una liquidación de una Tasa de Basuras ¿puede impugnarse indirectamente la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa alegando la falta o insuficiencia del informe técnico económico que la soporta? ¿Se trata de un vicio sustantivo que afecta a un elemento esencial del tributo o de un vicio formal? Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 23 de julio de 2020. Rec. 6212/2019. Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda.

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Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de 28 de mayo de 2020. Recurso 5751/2017. Ponente: Francisco José Navarro Sanchis.

SUSPENSIÓN. Principio de buena administración. No procede dictar la providencia de apremio si,  tras haber transcurrido el plazo para resolver el recurso de reposición, éste no se ha resuelto, aunque el contribuyente no hubiera solicitado la suspensión del acto en la interposición del recurso. Los actos presuntos (por silencio administrativo) no constituyen un acto administrativo sino que son una ficción jurídica para evitar la indefensión del contribuyente ante la inactividad de la Administración. La Administración debió cumplir con su obligación de resolver el recurso de reposición interpuesto antes de iniciar la vía de apremio.

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Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Supremo de 22 de junio de 2020, Recurso nº 4325/2017. Ponente: Isaac Merino Jara

ICIO. LIQUIDACIÓN DEFINITIVA. El inicio del cómputo del plazo de prescripción del derecho de la Administración a comprobar la base imponible del impuesto debe situarse en el momento de finalizarse la obra, construcción o instalación aunque la Administración sea conocedora en un momento posterior de la finalización de la obra.

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Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de 24 de junio de 2020. Recurso 6043/2017. Ponente: Francisco José Navarro Sanchis.

ICIO. BENEFICIOS FISCALES. Exención del artículo 100.2 TRLHL en relación a unas obras hidráulicas cuya titularidad corresponde a una Administración Territorial. Distinción entre la expresión “dueño de la obra” a efectos de determinación del sujeto pasivo y a efectos de gozar de la exención. Lo trascendente para su concesión es que el bien sea de dominio público y que el servicio público se preste a través de un ente público instrumental, perteneciente a una Administración Institucional.

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