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El Expediente Judicial Electrónico

El artículo versa sobre la implantación del expediente digital en los órganos judiciales españoles. Se analiza su diseño, la interoperabilidad de los diferentes instrumentos necesarios para su gestión, los cambios en las normas procesales que albergan su utilización y los requisitos técnicos para su desarrollo. El artículo termina con una reflexión de sus carencias actuales y necesidades de mejora para su óptimo rendimiento.

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Ejercicio de la potestad reglamentaria en materia de administración electrónica: ventajas e inconvenientes.

Las peculiaridades organizativas y de funcionamiento de las entidades que integran la administración local requieren, en ocasiones, de la adaptación de la normativa que se aprueba con carácter básico, dadas las diferencias con la administración del estado y las autonómicas. Éste es el caso de la normativa sobre administración electrónica, aprobada en el año 2015, y vigente desde 2016, por lo que las Entidades Locales se plantean si es necesaria la aprobación de normativa sobre esta materia. En este trabajo se abordan las ventajas e inconvenientes que, para una entidad local, puede representar contar con una ordenanza de administración electrónica y si resulta conveniente abordar el ejercicio de potestad reglamentaria para facilitar la aplicación de la normativa básica.

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En busca de la auténtica copia auténtica.

La nueva normativa de administración electrónica se ha llevado consigo una figura secular que estaba tremendamente arraigada en la rutina burocrática: la compulsa. A cambio de esta pérdida, nos ha traído una figura mucho más eficaz: la copia auténtica. La copia auténtica tiene la misma validez que un original. Pero para que esto sea así, es requisito imprescindible que la copia auténtica se realice partiendo de un original o de otra copia auténtica. Gerardo Bustos.  Subdirector general del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. LEGALTODAY. BLOG ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. ABRIL 2018

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Modificación del reglamento del régimen sancionador tributario.

El presente trabajo tiene como objetivo efectuar un análisis eminentemente descriptivo del Real Decreto 1072/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento general del régimen sancionador tributario, aprobado por el Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, publicado en el BOE el pasado día 30 de diciembre.

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El nuevo recurso de casación en la jurisdicción contencioso-administrativa contra las sentencias de los juzgados unipersonales: una visión práctica tras más de un año desde su entrada en vigor.

Una de las claves de la reforma del recurso de casación contencioso-administrativo llevada a cabo por la disposición final tercera de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, ha sido la ampliación de las resoluciones recurribles. Concretamente, se prevé la posibilidad de impugnar mediante el recurso de casación determinadas sentencias de los Juzgados unipersonales de lo Contencioso-administrativo. Este trabajo estudia, al hilo de los primeros pronunciamientos del Tribunal Supremo y la doctrina sobre la materia, las características normativas y los criterios jurisprudenciales que se exigen para la admisión del recurso de casación por interés casacional objetivo contra las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo.

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Algunos problemas prácticos en relación con las costas procesales.

Las costas procesales en la jurisdicción contencioso-administrativa constituye uno de los temas de más relevancia en este ámbito y al mismo tiempo que más dudas genera, debido a la amplia incertidumbre que se suscita en la práctica acerca de su imposición o no y en el caso de imponerse en lo que se refiere a su cuantía.

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Servicios de identificación electrónica dentro de la e-Administración.

Para avanzar en el desarrollo de la e-Administración es necesaria una regulación del uso de los medios electrónicos coherente con las necesidades de los ciudadanos y empresas, que lleve a desarrollar el potencial existente. La necesidad de crear unos gobiernos abiertos, interrelacionados y cooperativos ha comenzado a establecerse con el Reglamento 910/2014, y su normativa de desarrollo, que obliga a las administraciones públicas mejorar las vías de servicios, y así buscar una mejora en la interacciones de los ciudadanos y empresas. En este punto tratamos el desafío que se plantea respecto a la identidad electrónica.

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Las modificaciones del reglamento de revisión en vía administrativa tributaria.

El presente trabajo tiene como objetivo efectuar un análisis eminentemente descriptivo del Real Decreto 1073/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, publicado el día 30 de diciembre en el boletín oficial del Estado. CARLOS GÓMEZ JIMÉNEZ. Subdirector General de Tributos. Inspector de Hacienda del Estado. BIT Plus 216. Febrero de 2018. MODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO DE REVISION  

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Presentada en el Congreso la Proposición de Ley por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL)

Proposición de ley para la reforma del IIVTNU. El Grupo Parlamentario Popular ha presentado a la Mesa del Congreso de los Diputados una Proposición de Ley para la  modificación del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RDL 2/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.

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Abastecimiento de agua por concesionario: prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario

Pocas cuestiones han sido tan controvertidas como la de la naturaleza jurídica de las contraprestaciones que han de satisfacer los destinatarios del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público pretende zanjar la interminable polémica al considerar que se trata de una prestación patrimonial de carácter público no tributario.

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Obtención de copias electrónicas auténticas a partir de la digitalización de documentación en papel: “cotejo o compulsa electrónica”.

Una copia auténtica resulta tras un proceso de conversión o transformación de un documento de un formato papel a otro digital. Se trata de un instrumento de fehaciencia imprescindible para la desaparición del papel, a través de la digitalización de documentos. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece (art. 27) que tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado las realizadas, cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido. Las copias auténticas tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales. Las copias auténticas de documentos privados surten únicamente efectos administrativos. Las copias se efectuarán cumpliendo lo previsto por la Norma Técnica de Interoperabilidad de Procedimientos de copiado auténtico y conversión entre documentos electrónicos, aprobada por Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, publicada en el BOE núm. 182, de 30 de julio de 2011, que establece las reglas para la generación de copias electrónicas auténticas, copias en papel auténticas de documentos públicos administrativos electrónicos y para la conversión de formato de documentos electrónicos.

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Los efectos del requerimiento de subsanación a los obligados a comunicarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha supuesto la consolidación de la obligación de algunos administrados de comunicarse con las Administraciones públicas a través de medios electrónicos. La Ley, que entró en vigor el 2 de octubre de 2016, ha dispuesto que, sin embargo, las previsiones relativas al registro electrónico no surtan efectos hasta el 2 de octubre de 2018. Ello conlleva la necesidad de analizar el régimen transitorio vigente con relación a los efectos de los requerimientos de subsanación que se realicen con motivo de la presentación presencial de solicitudes por parte de aquellos sujetos que están obligados a comunicarse electrónicamente con las Administraciones públicas.

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Portal de Subastas del BOE.

Como ya indicamos en nuestra edición anterior, una de las principales novedades en relación con el nuevo Reglamento General de Recaudación se refieren a NUEVO RÉGIMEN DE SUBASTAS, siendo de relevancia las siguientes modificaciones:

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Cómo adecuarse a las exigencias del Reglamento General de Protección de Datos

Análisis práctico del proceso a seguir para estar adaptado al RGPD con la antelación suficiente antes del 25 de mayo de 2018.

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Especial IIVTNU-Plusvalía Municipal.

Dada la conflictividad y abundante litigiosidad que afecta al impuesto, especialmente desde el pronunciamiento del Tribunal Constitucional por Sentencia 59/2017 de 11 mayo de 2017, desde la  Asesoría Jurídica gtt hemos preparado nota técnica recapitulativa de los diferentes pronunciamientos judiciales y del estado de la inminente modificación normativa.

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Comentario a las propuestas relativas a los Impuestos Locales contenidas en el Informe de la Comisión de Expertos para la reforma de la financiación local.

Resulta oportuno iniciar al menos el planteamiento de la reforma de la financiación local, después de tantos años desde su ya lejana aprobación en 1988.

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Jornada sobre Tributación Local: IIVTNU

Análisis de las recientes sentencias del Tribunal Constitucional y de los Tribunales Superiores de Justicia, en especial, de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJ de Madrid.

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La no sujeción al IIVTNU de la consolidación del dominio por extinción del usufructo por muerte del usufructuario. Beatriz Moreno Serrano

La extinción del derecho de usufructo y su consiguiente consolidación del dominio no producen el hecho imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana por cuanto de la mera lectura del artículo 104 del TRLRHL se infiere que lo que constituye el hecho imponible del impuesto de referencia es  la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre terrenos de naturaleza urbana. ACCEDE A LA PRESENTACION

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