Consulta de tributos

APREMIO. Embargo de salarios en los casos de liquidación complementaria en un mes concreto

La SGTL considera que ambos importes (nómina ordinaria y complementaria) deben sumarse a efectos de embargo de salarios y del cómputo de la inembargabilidad del artículo 607 de la LEC.

Consulta Vinculante V0240-22, de 10 de febrero de 2022 de la Subdirección General de Tributos Locales.

El consultante ha recibido una notificación de embargo de salarios. El sujeto objeto del embargo tenía pendiente que le realizaran una liquidación complementaria de salarios correspondiente al mes de septiembre, la cual es inferior al salario mínimo interprofesional, pero la suma de ambas nóminas (ordinaria + complementaria) es superior al referido salario mínimo interprofesional. ¿Cuál es el importe a embargar?

La SGTL entiende que los límites de embargabilidad del artículo 607 de la LEC deben aplicarse a la totalidad de las percepciones mensuales acumuladas, en este supuesto la liquidación complementaria y, en su caso, el importe ordinario que se vaya a satisfacer ese mes.

 

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