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El pleno del TC declara inconstitucional y nulo un precepto de la Ley Foral de Navarra que ordenaba el archivo de los procesos contra liquidaciones del Impuesto de Plusvalía

El Pleno del Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad y nulidad de parte de la disposición transitoria única de la Ley Foral 19/2017 que regula el IIVTNU, por considerar que es contrario al reparto de competencias del art. 149.1.6ª CE, invadiendo competencias exclusivas del Estado.  

La citada disposición transitoria única establece que:


"2. Los recursos contra liquidaciones a las que sea de aplicación esta disposición transitoria, que se encuentren pendientes de resolución en el Tribunal Administrativo de Navarra o en los órganos jurisdiccionales, se resolverán con arreglo a lo dispuesto en ella.

A estos efectos, en los casos en que resulte procedente, el Tribunal Administrativo de Navarra y los órganos jurisdiccionales remitirán a los Ayuntamientos correspondientes los expedientes pendientes de resolución para que estos últimos practiquen, en su caso, las nuevas liquidaciones que resulten pertinentes con arreglo a lo dispuesto en esta disposición transitoria. En estos supuestos declararán conclusos los procedimientos, sin perjuicio de los nuevos recursos que puedan interponer los interesados contra las liquidaciones que se dicten por parte de los Ayuntamientos. "

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