Normas y proyectos

ESFUERZO FISCAL. Información a suministrar por parte de los Ayuntamientos

Los Ayuntamientos deberán grabar y transmitir telemáticamente la información en materia de esfuerzo fiscal correspondiente al 2019 antes del 30 de junio de 2021.

Resolución de 10 de febrero de 2021, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se desarrolla la información a suministrar por las Corporaciones locales relativa al esfuerzo fiscal de 2019 y su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda.



La Resolución regula la información a suministrar en materia de esfuerzo fiscal por parte de los Ayuntamientos, los cuales deberán grabar y transmitir la información a partir de la publicación de la propia resolución en el BOE y, en todo caso, antes del 30 de junio de 2021 (salvo prórroga del plazo en cuyo caso la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local adoptará el oportuno acuerdo que será comunicado a los municipios a través de los Delegados de Economía y Hacienda).

Como novedad, se ha suprimido la presentación en papel, por lo que deberá presentarse telemáticamente: “Los Ayuntamientos remitirán la documentación básica y complementaria y los datos fiscales con firma electrónica del Interventor o, en su caso, del titular del órgano de la Corporación local que tenga atribuida la función de contabilidad, cumplimentándolos directamente a través de la aplicación disponible en la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, accesible en el portal del Ministerio de Hacienda y proceder a su tramitación telemática”.

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