Normas y proyectos

Orden HAC/1293/2018, de 19 de noviembre, por la que se aprueba el modelo de declaración de alteraciones catastrales de los bienes inmuebles y se determina la información gráfica y alfanumérica necesaria para la tramitación de determinadas comunicaciones catastrales.

Se aprueba un modelo único de declaración catastral , de modo que se integran todos los modelos existentes hasta el momento en uno solo (Modelo 900D), con nuevas condiciones de presentación en la sede electrónica de Catastro que abogan por una mayor digitalización y que todos nos comuniquemos en el mismo lenguaje.



De la citada Orden podemos destacar las siguientes novedades definidas en su Exposición de Motivos:

- Se incentiva la presentación telemática de las declaraciones catastrales de modo que se tramiten preferentemente por medios electrónicos, lo que permitirá agilizar la tramitación de los procedimientos y reducir las cargas administrativas al ciudadano.

- Se implementa un sistema de ayuda y asistencia para la presentación de Declaraciones en la SEC (Sede Electrónica del Catastro): Asistente de Declaraciones y Asistente Gráfico (a través del Visor de Cartografía)  estableciendo este cauce de manera obligatoria para determinados colectivos en aplicación de lo dispuesto en los artículos 98.4 de Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Se introducen medidas de simplificación en la tramitación de los procedimientos, al integrarse los diferentes modelos de declaración habilitados hasta el momento en uno solo de más fácil cumplimentación, al tiempo que se suprime, además, la obligación de presentar documentación que ya obre en poder de la Dirección General del Catastro, o documentos originales, sin perjuicio de su posible comprobación posterior; lo que, en suma, facilita el cumplimiento de las obligaciones ante la Administración.

- Se regulan los requisitos técnicos de determinados supuestos de comunicación catastral

- Se concretan los aspectos gráficos del margen de tolerancia técnica; a tal fin, se hace referencia al criterio de "Identidad Gráfica de Parcelas Catastrales" y el "Margen de Tolerancia Gráfica", que deberán ser establecidos mediante Resolución.

- Se recogen medidas para dotar a las declaraciones y comunicaciones catastrales de mayor seguridad jurídica en cuanto a la documentación aportada.

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