Sentencias y Resoluciones

INSPECCIÓN CATASTRAL. Plazo de tramitación de los procedimientos de inspección catastral para la regularización de la descripción catastral del inmueble

¿Resulta de aplicación el artículo 150.1 LGT, por aplicación supletoria prevista en el artículo 19 del TRLCI, o resulta de aplicación el plazo máximo de 6 meses previsto en la Disposición adicional tercera.3.c) del TRLCI? ¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento del correspondiente plazo?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 4 de diciembre de 2024 (Recurso nº 763/2024). Ponente: Rafael Toledano Cantero.

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

- “Determinar si el procedimiento de inspección catastral para regularizar la descripción catastral de un inmueble, previsto en el artículo 11.2.c TRLCI, tiene como plazo máximo de duración el fijado en el artículo 150.1 LGT , aplicable supletoriamente según lo dispuesto en el 19 TRLCI, o bien si tiene una duración máxima de seis meses, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional tercera.3.c) TRLCI.

- Aclarar si el incumplimiento de ese plazo no determina la caducidad del procedimiento, de acuerdo con el artículo 150.6 de la citada LGT , o bien si el procedimiento caduca por lo establecido en la Disposición adicional tercera. 3.c) TRLCI”.

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