Sentencias y Resoluciones

IAE. Actividad de horneado final de pan y epígrafe de tributación.

La actividad de cocción final de pan precocido y congelado no constituye una actividad de fabricación en los casos de empresas dedicadas al comercio al por menor de productos alimenticios.

Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2021, Recurso nº 7889/2019. Ponente: Francisco José Navarro Sanchís.



La cuestión sometida al Tribunal fue si ¿La actividad de calentamiento o la cocción final, mediante horneado, en los puntos de venta de los productos de panadería, precocidos y congelados es fabricación de pan a los efectos de su encuadramiento en el Epígrafes 644.2 de las Tarifas del lAE?

La conclusión  plasmada en la Sentencia es que “la actividad de calentamiento o la cocción final mediante horneado de pan precocido y congelado, en los puntos de venta en establecimientos que ya tributan, dada su actividad, en los epígrafes 647.3 o 647.4 -comercio al por menor de productos alimenticios, en función de la superficie del local- no es fabricación de pan a los efectos de su encuadramiento en el epígrafe 644.2 de las Tarifas del IAE, dado que forma parte de la más amplia actividad de comercio al por menor de productos del ramo de la alimentación, encuadrable en otros epígrafes, en la que efectivamente está incluida la sociedad.”

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *