Sentencias y Resoluciones

EJECUCIÓN. Plazo de ejecución de las Sentencias en caso de minoración de intereses de demora

¿Cuál es el plazo de ejecución de una Sentencia que ordena dictar una nueva liquidación con minoración de una cantidad determinada de la cuantía de intereses de demora cuando la resolución judicial no indica límite temporal? ¿Qué consecuencias tendría para la Administración superar el plazo legal de ejecución? Si la consecuencia fuera la anulación del acto de ejecución dictado de forma extemporánea ¿sería posible dictar un nuevo acto en perjuicio del particular?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 27 de noviembre de 2024 (Recurso nº 121/2024). Ponente: Rafael Toledano Cantero.

Declarar que las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en:

“Determinar el plazo de que dispone la administración tributaria para ejecutar una sentencia que ordena dictar un nuevo acto de liquidación con descuento de una cantidad determinada del quantum de intereses de demora cuando la resolución judicial no impone ningún límite temporal. Precisar las consecuencias de que la administración ejecute en sus estrictos términos la sentencia fuera del plazo que resulte de aplicación y, en particular, si comporta en todo caso la anulación del acto de ejecución dictado de forma extemporánea y la imposibilidad de dictar un nuevo acto en perjuicio del particular”.

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