Sentencias y Resoluciones

ICIO. Beneficios fiscales en favor de las Universidades

¿Resulta de aplicación la exención del ICIO prevista en la Ley Orgánica en materia de universidades, cuando concurre un sujeto pasivo sustituto? ¿Puede el sustituto exigir del contribuyente el importe de la cuota tributaria satisfecha?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 8 de enero de 2025 (Recurso nº 8083/2023). Ponente: Rafael Toledano Cantero.

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

“Determinar si la exención en concepto de contribuyente contemplada en la Ley Orgánica en materia de universidades es de aplicación en relación con el ICIO en aquellos supuestos en que la universidad haya solicitado la licencia de obras y la construcción se ejecute posteriormente por un contratista, entendiendo que éste ha de tener la consideración de sustituto del contribuyente o, por el contrario, cabe apreciar que es posible legalmente la traslación de la carga tributaria, al prever la normativa reguladora del impuesto que el sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de la cuota tributaria satisfecha”.

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