Normas y proyectos

Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, por la que se eleva a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas.

Se eleva también a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas.


Si bien en el ámbito local el límite exento seguirá regulándose por la DA segunda del RD 1065/2007, de 27 de julio por el que se aprueba el RGGIAT (6.000€), los Entes Locales pueden elevar este mínimo exento si así lo consideran conveniente, atendiendo a razones de agilización, reducción de cargas, adaptación a la coyuntura económica, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2.2 y 12 del TRLRHL.

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