Sentencias y Resoluciones

IBI. Interrupción de la prescripción de los procedimientos de regularización catastral que supongan la modificación del valor catastral

El procedimiento de regularización catastral tiene naturaleza tributaria, por lo que los actos realizados con conocimiento formal del interesado, interrumpen el plazo de prescripción del derecho a determinar la deuda tributaria.

Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, sección 2ª, del Tribunal Supremo de 2 de marzo de 2022 (Recurso nº 1137/2020).Ponente: Isaac Merino Jara.



El Tribunal Supremo concluye que la regularización catastral produce un doble efecto:

-En el Catastro, desde el día siguiente a aquel en que se produjeron los hechos, actos o negocios que originen la incorporación o modificación catastral, independientemente del momento en que se notifiquen.

-En el IBI, en el periodo impositivo siguiente a partir del cual tengan efectos catastrales.

El procedimiento de regularización catastral tiene naturaleza tributaria, por tanto, las actuaciones realizadas con conocimiento formal del interesado interrumpen la prescripción.

Atendiendo a este razonamiento, el Tribunal Supremo dicta la siguiente doctrina jurisprudencial:

La tramitación de un procedimiento de regularización catastral, que conlleva la modificación del valor catastral, en virtud del cual se fija la base imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, interrumpe el plazo de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación de las cuotas de ese tributo”.

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