Sentencias y Resoluciones

INGRESOS INDEBIDOS. Cómputo de los intereses de demora en caso de anulación judicial de la Licencia urbanística

El ingreso se considera indebido desde el pago de la Tasa. Los intereses de demora a satisfacer por la Administración computan a partir de dicha fecha.

Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Supremo de 15 de junio de 2021, Recurso nº 2670/2020. Ponente: Isaac Merino Jara.



La doctrina del Tribunal Supremo es que “El momento en que debe reputarse indebido el ingreso efectuado como consecuencia de la liquidación de las tasas por licencia urbanística y por la emisión de informes en aquellos supuestos en que la licencia urbanística es anulada judicialmente por la insuficiencia del contenido material de tales informes es desde el momento en que tal ingreso tuvo lugar, y es desde esta fecha, desde la que la que se computan los correspondientes intereses de demora”.

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