Sentencias y Resoluciones

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, nº 03782/2015/00/00, Vocalía 9ª, de 18 de enero 2018.

RETROACCIÓN DE ACTUACIONES acordada por resolución de recurso de reposición en procedimientos de gestión. Plazo para terminar el procedimiento de gestión. La doctrina de la mesa del Pleno 169/2011, de 27-10-2014, es aplicable también a los supuestos de retroacción ordenados en la resolución de un recurso de reposición (el procedimiento reabierto por la orden de retroacción dada por la resolución, debe continuar hasta su terminación, disponiendo para ello el órgano de aplicación de los tributos del plazo que restase del procedimiento cuya liquidación se anula, que es el resultante de deducir del plazo máximo legal de duración del procedimiento el tiempo transcurrido hasta el momento al que se retrotrae el procedimiento, que es el momento en que se cometió el vicio).
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