Sentencias y Resoluciones

TASA 1.5%. Posibilidades de sanción ante el incumplimiento del deber de declarar

Ante el incumplimiento de la obligación, regulada por ordenanza, de presentar una declaración para la liquidación de la tasa por la ocupación del subsuelo, suelo o vuelo de la vía pública y por la utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en la misma a favor de empresas de suministros ¿puede constituir el presupuesto de hecho de la infracción tipificada en el artículo 192 de la Ley General Tributaria? ¿Debe regularse esta obligación de declarar por una norma con rango de ley?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 26 de septiembre de 2024 (Recurso nº 7170/2023). Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda.

La Sección de admisión del TS declara que las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en:

“Determinar si el incumplimiento de la obligación de presentar una declaración para la liquidación de la tasa por la ocupación del subsuelo, suelo o vuelo de la vía pública y por la utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en la misma a favor de empresas de suministros, exigencia prevista en la ordenanza municipal reguladora del tributo, puede constituir el presupuesto de hecho de la infracción tipificada en el artículo 192 de la Ley General Tributaria.

Precisar si una ordenanza municipal está habilitada para exigir la presentación de una declaración a los contribuyentes destinada a hacer efectiva la obligación principal o es necesario que una norma con rango de ley establezca específicamente esta obligación, así como si la Ley General Tributaria o el Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, contienen una previsión que ampara esta exigencia.”

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